El Gobierno de Cantabria aprueba una polémica modificación de la ley de montes en cantabria.
En concreto, el artículo 87.d de la citada Ley, tipifica como infracción leve la siguiente conducta: “La circulación de todo tipo de vehículos, con o sin motor, en los Espacios Naturales Protegidos (ENP) y Montes de Utilidad Pública (MUP) campo a través, por sendas o caminos peatonales, por cortafuegos o cauces fluviales, así como el estacionamiento o aparcamiento de dichos vehículos en esas zonas”.
A través de las redes sociales se orquestó el movimiento de reivindicación y protesta que ha tenido un rápido efecto, la Federación Cántabra de Ciclismo así como otras organizaciones afines a este deporte han mantenido reuniones con los colectivos afectados y el Gobierno, pudiendo extraer una serie de aclaraciones que arrojan un poco más de luz y esperanza a esta ridícula prohibición.
A traves de esta nota oficial, la Federación Cántabra de Ciclismo y el Gobierno de Cantabria disipan las dudas que ha generado esta modificación de la ley.
Desde el blog quiero dar mi apoyo y colaboración a todos los grupos y colectivos afectados, a través de la máxima difusión de esta noticia, sus aclaraciones así como enlaces a las diferentes páginas de las plataformas que se movilizan por un monte con bicis. No olvidemos que la bicicleta de montaña es un aliciente turístico para la región y éste un motor grandísimo para la economía de Cantabria.
Últimos comentarios